La Unión Europea se enfrenta a una de las contradicciones más profundas de su historia reciente: mientras proclama en sus tratados fundacionales el respeto irrestricto a los derechos humanos y al Estado de derecho, sus instituciones y Estados miembros negocian activamente acuerdos migratorios con regímenes que sistemáticamente violan esos mismos derechos. El caso más reciente y perturbador es el de las negociaciones en Bruselas con representantes talibanes para facilitar la devolución de ciudadanos afganos refugiados en suelo europeo. Un país donde las mujeres no pueden estudiar ni trabajar, donde las minorías étnicas como los hazara son perseguidas y donde la oposición al régimen se paga con prisión o muerte.
Lo que está en juego no es simplemente una cuestión de política migratoria, sino el corazón del derecho internacional humanitario: el principio de non-refoulement, o no devolución, que prohíbe expresamente enviar a una persona a un territorio donde pueda sufrir persecución, tortura o tratos inhumanos. Este principio no es una recomendación ni un ideal: está codificado en la Convención de Ginebra de 1951, en la Convención contra la Tortura y en la propia Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Ignorarlo no es solo un error político, es una violación del ordenamiento jurídico que la propia UE dice defender.
Desde News Media IA consideramos que esta tensión no es nueva ni accidental. Es el resultado de años de presión política interna en los países europeos, donde el auge de partidos de extrema derecha ha empujado a los gobiernos centristas a adoptar posturas cada vez más restrictivas en materia de asilo y migración, aun a costa de comprometer los principios que definen a Europa como potencia normativa global.
Contexto: ¿Qué hay detrás de esta noticia?
Tras la caída de Kabul en agosto de 2021 y el regreso de los talibanes al poder, la gran mayoría de países europeos suspendieron de forma inmediata las deportaciones hacia Afganistán, reconociendo implícitamente que el país representaba un riesgo real para la vida e integridad de sus ciudadanos. Sin embargo, cuatro años después, la presión política ha cambiado el cálculo. Alemania ha retomado las expulsiones para personas con antecedentes penales, Austria avanza en un programa formal de repatriación, y países como Suecia, Países Bajos y Finlandia exploran fórmulas similares. Todo ello ocurre mientras el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) emitía en marzo de 2026 una sentencia —conocida como D.M. contra Suecia— que prohibía específicamente la deportación de un solicitante de asilo afgano de etnia hazara por el riesgo real de tratos inhumanos o degradantes.
Pero Afganistán no es el único caso. La UE ha destinado alrededor de 700 millones de euros para reforzar estructuras libias de control migratorio, pese a que la ONU, el TEDH y múltiples organizaciones de derechos humanos han documentado torturas, detenciones arbitrarias, esclavitud y asesinatos en los centros de detención de migrantes en ese país. La sentencia Hirsi Jamaa y otros contra Italia ya estableció hace más de una década que los Estados europeos tienen la obligación de respetar los derechos humanos incluso cuando actúan fuera de sus fronteras, como ocurre en el Mediterráneo. A pesar de ello, Italia mantiene una colaboración estrecha con Libia, incluyendo la cesión de patrulleras vinculadas a operaciones violentas contra migrantes. El patrón se repite con Siria: tras la caída de Bachar el Asad y a pesar de que el ACNUR ha pedido que no haya retornos forzosos hasta que se consolide la estabilidad, varios Estados miembros ya preparan marcos legales para expulsiones.
La arquitectura institucional de la UE permite esta situación porque las deportaciones las ejecutan los Estados miembros, no Bruselas directamente. Pero esta distinción formal no absuelve a las instituciones europeas, que negocian, financian y legitiman los acuerdos que hacen posibles esas deportaciones. La condicionalidad en materia de derechos humanos, incluida en numerosos acuerdos comerciales y de cooperación de la UE, se aplica de forma selectiva: con dureza cuando hay intereses geopolíticos o cuando el país infractor no es estratégico, y con enorme flexibilidad cuando se trata de controlar flujos migratorios.
Los puntos clave que debes conocer
- El principio de non-refoulement está consagrado en múltiples tratados internacionales vinculantes para los países de la UE, lo que significa que las deportaciones a países donde existe riesgo de persecución no son solo éticamente cuestionables, sino potencialmente ilegales bajo el derecho internacional.
- El TEDH emitió en marzo de 2026 la sentencia D.M. contra Suecia, que bloqueó la deportación de un afgano de etnia hazara y estableció la obligación de analizar cada caso individualmente, reconociendo el riesgo real de tratos inhumanos en Afganistán bajo control talibán.
- La Unión Europea ha destinado aproximadamente 700 millones de euros al sistema libio de control migratorio, un régimen ampliamente documentado por abusos graves contra los migrantes, incluyendo esclavitud, tortura y detenciones arbitrarias.
- Las solicitudes de asilo de ciudadanos sirios cayeron un 72% en 2025, hasta situarse en torno a las 42.000, pero el ACNUR ha advertido expresamente que no deben producirse retornos forzosos hasta que el país alcance una estabilidad política consolidada.
- La UE aplica en teoría un principio de condicionalidad democrática en sus acuerdos con terceros países, que permite suspender la cooperación ante violaciones graves de derechos humanos, pero en la práctica este mecanismo se activa de forma selectiva y raramente frena los acuerdos de control migratorio.
¿Qué significa esto en la práctica?
Las consecuencias concretas de este doble rasero afectan de manera directa y dramática a cientos de miles de personas reales. Una mujer afgana que huyó del régimen talibán y solicitó asilo en Suecia podría ser deportada de vuelta a un país donde, bajo las órdenes del gobierno vigente, no puede salir a la calle sin un tutor masculino, no puede acceder a educación secundaria ni al mercado laboral, y donde su simple presencia en una oficina gubernamental puede convertirse en una amenaza para su seguridad. Un hombre de etnia hazara, históricamente perseguida por los talibanes, enfrenta riesgos que la propia sentencia del TEDH ha reconocido como ‘reales y verificables’. Estos no son casos hipotéticos: son situaciones que los tribunales europeos ya están revisando y en las que están fallando contra las deportaciones.
Para los migrantes que transitan por Libia o son interceptados en el Mediterráneo, el acuerdo tácito entre la UE e Italia implica que pueden ser devueltos a centros de detención donde organizaciones como Human Rights Watch y Amnistía Internacional han documentado condiciones equivalentes a la tortura. Los 700 millones de euros europeos invertidos en ese sistema no garantizan salvaguardas efectivas: financian infraestructura que se usa para contener flujos migratorios independientemente del costo humano. En el caso sirio, la presión para suspender solicitudes de asilo y revisar estatus de protección ya aprobados podría dejar en situación de vulnerabilidad legal a miles de personas que llevan años construyendo su vida en Europa, sin que Siria ofrezca aún las garantías mínimas de seguridad que exige el derecho internacional.
Perspectiva para Colombia y América Latina
América Latina observa este debate con una mezcla de preocupación e interés propio. Colombia, Venezuela, Honduras, El Salvador y Guatemala generan flujos migratorios significativos tanto hacia Estados Unidos como, en menor medida, hacia Europa. La forma en que la UE interpreta y aplica el principio de no devolución tiene implicaciones directas sobre cómo otros bloques y países justifican sus propias políticas migratorias. Si la potencia que más ha promovido el multilateralismo y los derechos humanos como valores universales flexibiliza sus compromisos por razones políticas internas, erosiona el estándar global que protege a los migrantes latinoamericanos en todo el mundo. Colombia, que alberga a más de 2,8 millones de venezolanos en situación migratoria irregular o en proceso de regularización, conoce mejor que nadie el costo político y social de gestionar flujos masivos de refugiados, y también sabe lo que significa que el mundo cierre los ojos ante una crisis humanitaria.
Desde una perspectiva regional más amplia, el modelo europeo de externalización del control migratorio —pagar a terceros países para que contengan los flujos antes de que lleguen a las fronteras de la UE— es un esquema que también se replica en América Latina. Estados Unidos ha utilizado exactamente esta fórmula con México, Guatemala y otros países centroamericanos: presión diplomática y financiamiento a cambio de que actúen como muros de contención. Lo que el debate europeo pone sobre la mesa es una pregunta incómoda que también interpela a la región: ¿hasta qué punto los países receptores de cooperación para control migratorio se convierten en cómplices de violaciones de derechos humanos cuando aceptan ese rol sin garantías efectivas?
Lo que viene: ¿Qué esperar?
En los próximos meses, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos continuará siendo el principal freno judicial a las deportaciones más controvertidas, especialmente hacia Afganistán. Los gobiernos que intenten reactivar esas expulsiones enfrentarán una creciente presión legal, ya que la sentencia D.M. contra Suecia establece un precedente que los abogados de defensa utilizarán caso por caso. Sin embargo, la presión política en la dirección contraria es igualmente intensa: las elecciones europeas han configurado un Parlamento más inclinado hacia políticas restrictivas, y la Comisión Europea enfrenta la tentación de priorizar la cohesión política interna sobre la coherencia normativa exterior. En el caso de Siria, el plazo crítico será el proceso de consolidación del gobierno de transición: si la situación se estabiliza sin garantías democráticas claras, el debate sobre retornos forzosos se intensificará enormemente.
Lo que este episodio revela, en última instancia, es que la credibilidad de la UE como actor global de derechos humanos está en juego. No se trata de si Europa puede o no gestionar la migración —tiene todo el derecho a hacerlo—, sino de si puede hacerlo sin traicionar los principios que le dan autoridad moral en el mundo. Desde News Media IA sostenemos que un sistema que financia la represión para externalizarla, que deporta a países donde los tribunales propios reconocen riesgo de torturas, y que aplica la condicionalidad democrática solo cuando conviene, no está gestionando la migración: está gestionando su propia contradicción.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente el principio de non-refoulement y por qué es tan importante en este debate?
El principio de non-refoulement, o no devolución, es una norma fundamental del derecho internacional que prohíbe a los Estados expulsar o devolver a una persona a un país donde pueda ser perseguida, torturada o sometida a tratos inhumanos. Está consagrado en la Convención de Ginebra de 1951, en la Convención contra la Tortura y en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, lo que significa que su incumplimiento no es solo una falta ética sino una violación del derecho vinculante para todos los países de la Unión.
¿Pueden los ciudadanos afganos deportados desde Europa recurrir ante los tribunales para evitar su expulsión?
Sí, y de hecho ya lo están haciendo con resultados favorables. La sentencia D.M. contra Suecia, emitida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en marzo de 2026, es un ejemplo concreto: el tribunal bloqueó la deportación de un solicitante de asilo afgano de etnia hazara por considerar que existía un riesgo real de tratos inhumanos. La sentencia no prohíbe todas las deportaciones a Afganistán, pero obliga a analizar cada caso de forma individual y exhaustiva, lo que da a los afectados herramientas legales concretas para impugnar sus expulsiones.
¿Por qué la UE sigue financiando el sistema migratorio libio si hay evidencia de violaciones de derechos humanos?
La respuesta honesta es que la UE prioriza la reducción de llegadas irregulares a sus costas sobre la coherencia en materia de derechos humanos cuando los dos objetivos entran en conflicto. Los aproximadamente 700 millones de euros destinados a estructuras libias de control migratorio responden a una lógica de externalización: mantener los flujos alejados de las fronteras europeas, independientemente de las condiciones en las que queden los migrantes interceptados. Las condenas judiciales, como la histórica Hirsi Jamaa y otros contra Italia, han establecido que esto puede constituir una violación del derecho europeo, pero los mecanismos para hacer cumplir esas sentencias de forma sistemática siguen siendo insuficientes.



